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PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica a través del Boletín Oficial, publicó la prohibición de comercialización de los siguientes productos:

Disposición 772/2021

Producto:

Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor chocolate - RNPA 02-600324; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor frutilla - RNPA 02-600327; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor vainilla - RNPA 02- 600330; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor dulce de leche - RNPA 02-600325, marca Whey Protein de Body Advance Máximo Rendimiento

Motivo:

Los productos se encuentran en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por carecer de autorización de alimento libre de gluten y consignar el símbolo de alimento libre gluten, resultando ser en consecuencia ilegales. Las medidas consolidan las acciones de gestión del riesgo, sobre el retiro preventivo del mercado (NIUR 0020/20), y fueron comunicadas a las autoridades sanitarias competentes, el pasado 3 de diciembre de 2020 a través del SIFeGA.

Disposición 773/2021

Producto:

Leche en polvo descremada instantánea fortificada con vitaminas A y D, RMPA 21-101498 y Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitaminas A y D, RNPA 21-101499, con el símbolo de alimento libre de gluten, marca Great Valley.

Motivo:

Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por carecer de registros sanitarios, por consignar el registro de establecimiento inexistente y registros de producto de alimentos pertenecientes a otra razón social, por consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizados como tal, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales.

Es importante aclarar que de acuerdo con la evaluación del riesgo y según lo establecido por los procedimientos del Código Alimentario Argentino, se establece la comunicación del retiro a la comunidad en la web oficial de la ANMAT. Por lo cual se recuerda a la población afectada mantener las recomendaciones expresadas por esta Administración y a quienes expendan productos que no se hayan ajustado a la normativa vigente, cesar su comercialización preventivamente.




 


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